Evidenciar el nivel de competencia B1 a través de la aplicación de los indicadores de consecución del Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente.
Desarrollar competencias digitales docentes de forma autónoma en las áreas que componen el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente:
Compromiso profesional
Contenidos digitales
Enseñanza y aprendizaje
Evaluación y retroalimentación
Empoderamiento del alumnado
Desarrollo de la competencia digital del alumnado
Contenidos
Área 1: Compromiso profesional. Nivel B1.
Área 2: Contenidos digitales. Nivel B1.
Área 3: Enseñanza y aprendizaje. Nivel B1.
Área 4: Evaluación y retroalimentación. Nivel B1.
Área 5: Empoderamiento del alumnado. Nivel B1.
Área 6: Desarrollo de la competencia digital del alumnado. Nivel B1.
Dirigido A
Docentes en activo de centros sostenidos con fondos públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Valenciana en relación a la resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo por la que se regula el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente y con acceso a Ítaca, AULES y OVIDOC.
Esta formación específica de acreditación de la CDD, con el objetivo de alcanzar la totalidad de las áreas del nivel, se realizará en dos modalidades:
Formación modular por áreas. El personal participante deberá tener adquiridas, al menos, tres áreas del mismo nivel. Cada área, a realizar y superar, tendrá una carga formativa de 10 h. La certificación se realizará por el total de horas según la cantidad de módulos en los que se participe.
Formación específica completa. El personal participante debe realizar y superar las 6 áreas del curso de nivel B1 (60 horas).
Condiciones
El criterio para la asignación de plazas será el siguiente, atendiendo al orden establecido y dentro de este, por orden de inscripción:
1. Personal docente con, al menos, tres áreas adquiridas del nivel B1 en el informe personalizado de formación en Competencia Digital Docente (CDD) que aparece publicado en OVIDOC. Cada área, a realizar y superar, tendrá una carga formativa de 10 h. La certificación se realizará por el total de horas según la cantidad de módulos en los que se participe.
2. Personal docente que cumpla con las condiciones objeto de la resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo por la que se regula el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente.
Para la certificación y su posterior acreditación de la formación específica de acreditación en competencia digital docente, nivel B1, será necesario hacer entrega de todas las actividades propuestas en la totalidad de las áreas (módulos), así como recibir una valoración positiva en función de los criterios publicados en la guía didáctica del curso publicada en el módulo inicial.
Observaciones
En esta formación específica de acreditación, el personal participante debe ser capaz de utilizar de forma autónoma las tecnologías digitales en la práctica educativa para evidenciar el nivel objeto de la acreditación.
En la inscripción NO se debe indicar las áreas alcanzadas en el informe de OVIDOC, a través del sistema de gestión de la CDD se sabrá las áreas que tiene alcanzadas cualquier participante. Una vez admitido/a en la formación y en función de los criterios publicados, se adjudicará el grupo correspondiente "modular" en la plataforma AULES.
El personal participante tendrá a su disposición un aula virtual en la plataforma AULES de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, donde se alojarán los materiales y se realizarán las actividades.
El personal participante debe tener conocimientos en el uso del entorno virtual de aprendizaje AULES.
El personal docente que ya tenga conseguido este nivel o superior, no podrá realizar la formación.
El personal funcionario de cuerpos docentes de la Comunitat Valenciana adscrito a los organismos educativos de las diferentes consellerias, de la Administración general del Estado, en servicios especiales, en programas de la Acción Educativa Española en el Exterior o en el Ministerio de Educación y Formación Profesional y en otras administraciones públicas, inspectoras e inspectores de Educación de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo y liberados sindicales, tendrán una reserva de plazas que no podrá superar, en ningún caso, un diez por ciento del total ofertado.
Las presentes acciones formativas están destinadas al profesorado no universitario con destino en centros públicos (y privados concertados, en su caso) de la Comunitat Valenciana.
Las actividades en las que no se cubra, al menos, el 60% de las plazas ofertadas, podrán ser anuladas por el CEFIRE correspondiente. Para obtener información más concreta sobre cualquier acción formativa puede dirigirse al coordinador correspondiente.
INSCRIPCIÓN: A través de esta página web.
En caso de tener preferencia, de acuerdo con las condiciones específicas de cada actividad, se ha de indicar y justificar los criterios alegados.
PLAZO DE INSCRIPCIÓN: Para cada actividad, excepto para las que se indique expresamente, finaliza 10 días antes del comienzo de la misma.
ADMISIÓN: Las peticiones se atenderán en función de las condiciones específicas de participación de la actividad correspondiente y, en caso de igualdad, por el orden de registro de entrada de las solicitudes. Las listas de admitidos se harán públicas en la misma página de inscripción de las acciones formativasal menos con 7 días de antelación al inicio de la actividad.
CONFIRMACIÓN DE ASISTENCIA: El profesorado admitido a una actividad ha de confirmar la asistencia a la misma. La falta de confirmación facultará al CEFIRE para seleccionar a otros solicitantes que se encuentren en lista de espera. Los solicitantes admitidos que por cualquier motivo, razonablemente justificado, no puedan asistir a la actividad, lo han de comunicar al coordinador antes del inicio, para que se pueda seleccionar a otros participantes de la lista de espera. La falta de comunicación y asistencia facultará al CEFIRE para no adjudicar las posteriores acciones formativas que se soliciten.
CERTIFICACIÓN: Expedida por el CEFIRE concreto. Condiciones para la obtención: realización de las actividades propuestas y asistencia, al menos, al 85% de las horas totales de la actividad (Orden de 21 de diciembre de 2010). La asistencia inferior al porcentaje indicado excluirá de la expedición de cualquier certificado.