Mejorar la eficiencia y la productividad de los participantes en la administración de una empresa agrícola o forestal
Mejorar las habilidades de gestión empresarial de los participantes en el ámbito de la agricultura y la silvicultura
Aprender a utilizar los recursos informáticos de manera integrada en la práctica empresarial y docente
Aprender a configurar y utilizar eficazmente una cuenta de correo electrónico para la comunicación interna y externa en la empresa agrícola o forestal
Gestionar eficazmente la bandeja de entrada, etiquetar mensajes importantes y organizar correos electrónicos de manera eficiente
Aprender a crear y organizar carpetas en OneDrive para almacenar y compartir documentos relevantes para la gestión de la empresa
Adquirir conocimientos sólidos sobre el uso de hojas de cálculo para realizar análisis de datos, amortización,seguimiento de gastos, presupuestos y proyecciones financieras
Aplicar los conocimientos adquiridos en escenarios prácticos relacionados con la gestión agrícola y forestal
Resolver problemas empresariales específicos utilizando las herramientas aprendidas
Contenidos
Módulo 1: Gestor e-mail: Correo electrónico y sus funcionalidades
Módulo 2: Gestión de Contactos
Módulo 3: Onedrive
Módulo 4: Hoja de cálculo inicial: creación de albaranes, pedidos y operaciones básicas
Módulo 5: Hojas de cálculo avanzado: filtros y tablas dinámicas
Dirigido A
Personal docente y personal técnico educativo con destino en centros educativos no universitarios de la Comunitat Valenciana en los que se impartan las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica de Educación
Personal docente y personal técnico educativo que preste servicios técnicos de apoyo educativo a los centros indicados en el apartado anterior
Personal que haya finalizado los grados y máster que conducen a la obtención de la titulación docente, siempre que se encuentren inscritos en alguna de las bolsas de personal docente de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo y dicho personal no suponga más del 50% de participación en la actividad
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
Profesorado de las Famílias Profesionales de Agraria, Seguridad y Medio Ambiente y Química
Resto del profesorado de FP
Condiciones
El criterio general de baremación que establece el orden de admisión a los cursos organizados por esta asesoría lo marca el orden expuesto en el apartado "Dirigido a". Aun así, puede haber ligeras variaciones en la baremación, según las características particulares de cada edición
La Orden 65/2012 de 26 de octubre, establece en el Artículo 17:
1. La participación en las actividades requerirá de la previa inscripción y confirmación en los plazos, y supondrá la aceptación del diseño y proyecto de las mismas
2. No se podrá participar en actividades formativas adicionales solapadas en el tiempo si el cómputo de horas supera las 15 semanales o se produce coincidencia de sesiones. Tendrán preferencia, en igualdad de condiciones, aquellas personas inscritas que no estén cursando ninguna otra actividad
El artículo 25.1) del Decreto 234/2022 de 30 de diciembre, de permisos y licencias del personal docente no universitario, indica que la Administración podrá conceder, con un máximo de 6 días en el año, licencia para la participación en conferencias, seminarios, congresos, jornadas o similares.Aquesta autorització s'atorgarà per la direcció del centri, i sempre que no impedisquen els necessitats de prestació del servei educatiu. Si escau la denegació haurà de ser motivada
Observaciones
Esta actividad formativa está cofinanciada por el Fondo Social Europeo. El FSE invierte en tu futuro
1. Desempeño de un puesto de trabajo relacionado directamente con la temática de la actividad
2. Profesorado de especialidades docentes relacionadas directamente con la temática de la actividad
3. Orden de inscripción siguiendo el siguiente criterio:
a) Personal docente en activo en centros sostenidos con fondos públicos. (De titularidad pública y privados concertados. Art. 108 LOE 2/2006)
b) Personal técnico educativo en activo en centros sostenidos con fondos públicos. (De titularidad pública y privados concertados. Art. 108 LOE 2/2006)
c) Personal inscrito en alguna de las bolsas de personal docente de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo
Las presentes acciones formativas están destinadas al profesorado no universitario con destino en centros públicos (y privados concertados, en su caso) de la Comunitat Valenciana.
Las actividades en las que no se cubra, al menos, el 60% de las plazas ofertadas, podrán ser anuladas por el CEFIRE correspondiente. Para obtener información más concreta sobre cualquier acción formativa puede dirigirse al coordinador correspondiente.
INSCRIPCIÓN: A través de esta página web.
En caso de tener preferencia, de acuerdo con las condiciones específicas de cada actividad, se ha de indicar y justificar los criterios alegados.
PLAZO DE INSCRIPCIÓN: Para cada actividad, excepto para las que se indique expresamente, finaliza 10 días antes del comienzo de la misma.
ADMISIÓN: Las peticiones se atenderán en función de las condiciones específicas de participación de la actividad correspondiente y, en caso de igualdad, por el orden de registro de entrada de las solicitudes. Las listas de admitidos se harán públicas en la misma página de inscripción de las acciones formativasal menos con 7 días de antelación al inicio de la actividad.
CONFIRMACIÓN DE ASISTENCIA: El profesorado admitido a una actividad ha de confirmar la asistencia a la misma. La falta de confirmación facultará al CEFIRE para seleccionar a otros solicitantes que se encuentren en lista de espera. Los solicitantes admitidos que por cualquier motivo, razonablemente justificado, no puedan asistir a la actividad, lo han de comunicar al coordinador antes del inicio, para que se pueda seleccionar a otros participantes de la lista de espera. La falta de comunicación y asistencia facultará al CEFIRE para no adjudicar las posteriores acciones formativas que se soliciten.
CERTIFICACIÓN: Expedida por el CEFIRE concreto. Condiciones para la obtención: realización de las actividades propuestas y asistencia, al menos, al 85% de las horas totales de la actividad (Orden de 21 de diciembre de 2010). La asistencia inferior al porcentaje indicado excluirá de la expedición de cualquier certificado.