Adquirir conocimientos y competencias necesarios para impartir el módulo de Biología molecular y Citogenética del nuevo título LOE
Dar herramientas al profesorado para que pueda dar una educación y formación específica de calidad a su alumnado
Formar y actualizar en técnicas citogenéticas
Planificar la implantación de las prácticas de Citogenética en los centros educativos siguiendo los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación planteados en el nuevo Módulo Profesional Biología Molecular y Citogenética (Real Decreto 771/2014 de 12 de septiembre por el que se establece el Título de Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico)
Contenidos
El laboratorio de citogenética: áreas de trabajo, equipos, material y protocolos de actuación
Técnica de FISH y Arrays-CGH
Técnicas en diagnóstico prenatal (cultivo de fibroblastos, FISH, arrays, diagnóstico preimplantacional)
Cultivos celulares: protocolos, equipos y material
Cariotipo humano: técnicas de obtención y estudio cromosómico
Dirigido A
Profesorado funcionario de la Generalitat Valenciana, por ser una convocatoria de Administraciones Públicas con prioridad para el:
Profesorado de la familia profesional de Sanidad, prioritariamente el profesorado que imparte actualmente el módulo de Biología molecular y citogenética de los ciclos de Grado Superior de Laboratorio de anatomía patológica y citodiagnóstico y Laboratorio clínico y biomédico (hacerlo constar en Observaciones)
Resto del profesorado de Sanidad
Resto de profesorado de Formación Profesional y ERE
Condiciones
El criterio general de baremación que establece la orden de admisión a los cursos organizados por esta asesoría lo marca la orden expuesta en el apartado "Dirigido". Aun así, puede haber ligeras variaciones en la baremación, según las características particulares de cada edición
La Orden 65/2012 de 26 de octubre, establece en el Artículo 17:
1. La participación en las actividades requerirá de la previa inscripción y confirmación en los
plazos, y supondrá la aceptación del diseño y proyecto de las mismas
2. No se podrá participar en actividades formativas adicionales solapadas en el tiempo si el
cómputo de horas supera las 15 semanales o se produce coincidencia de sesiones. Tendrán
preferencia, en igualdad de condiciones, aquellas personas inscritas que no estén cursando
ninguna otra actividad
3. En caso de no confirmar ni renunciar una plaza, así como no asistir a la primera sesión
presencial tanto en actividades presenciales como semipresenciales de forma injustificada,
se procederá a dar de baja la participación y se podrá proceder a penalizar con la no
admisión a ninguna formación durante los 12 meses siguientes en aquellos casos en que se
dé concurrencia competitiva con otras solicitudes
El artículo 17 del Decreto 7/2008 indica que la Administración podrá conceder, con un máximo de 6 días al año, licencia retribuida para la asistencia a seminarios, congresos, jornadas o similares
El curso se iniciará a distancia a través de la plataforma el día 30 de mayo, siendo los días 27 y 30 de junio las sesiones presenciales, de 16:00 a 20:00 horas
En prevención del contagio de la COVID-19, en los cursos presenciales y semipresenciales este CEFIRE ha establecido las siguientes indicaciones básicas. Los participantes las aceptan y se comprometen a cumplirlas en el momento en el que se inscriben a esta formación.
Toma de la temperatura corporal antes de acudir a cada sesión presencial del curso (debe ser inferior a 37,5ºC)
No acudir en caso de presentar síntomas (malestar general, fiebre, diarrea, vómitos, etc.) y contactar con la persona asesora del CEFIRE organizadora de la acción formativa
Mascarilla obligatoria en todo momento
Mantener distancia física mínima de 1,5 metros con otras personas
En cada acceso al recinto, uso de gel hidroalcohólico
Lavado de manos frecuente
La Orden 65/2012 de 26 de octubre, establece en el Artículo 18. Evaluación de la participación
1. La evaluación de las personas asistentes en las actividades se realizará de forma positiva o negativa. Para ser evaluada/o positivamente deberá cumplirse las siguientes condiciones:
a) Participar activamente en todas las propuestas
b) Asistir a un mínimo del 85% de las sesiones presenciales
c) Realizar las actividades obligatorias propuestas en el diseño de la formación
Las presentes acciones formativas están destinadas al profesorado no universitario con destino en centros públicos (y privados concertados, en su caso) de la Comunitat Valenciana.
Las actividades en las que no se cubra, al menos, el 60% de las plazas ofertadas, podrán ser anuladas por el CEFIRE correspondiente. Para obtener información más concreta sobre cualquier acción formativa puede dirigirse al coordinador correspondiente.
INSCRIPCIÓN: A través de esta página web.
En caso de tener preferencia, de acuerdo con las condiciones específicas de cada actividad, se ha de indicar y justificar los criterios alegados.
PLAZO DE INSCRIPCIÓN: Para cada actividad, excepto para las que se indique expresamente, finaliza 10 días antes del comienzo de la misma.
ADMISIÓN: Las peticiones se atenderán en función de las condiciones específicas de participación de la actividad correspondiente y, en caso de igualdad, por el orden de registro de entrada de las solicitudes. Las listas de admitidos se harán públicas en la misma página de inscripción de las acciones formativasal menos con 7 días de antelación al inicio de la actividad.
CONFIRMACIÓN DE ASISTENCIA: El profesorado admitido a una actividad ha de confirmar la asistencia a la misma. La falta de confirmación facultará al CEFIRE para seleccionar a otros solicitantes que se encuentren en lista de espera. Los solicitantes admitidos que por cualquier motivo, razonablemente justificado, no puedan asistir a la actividad, lo han de comunicar al coordinador antes del inicio, para que se pueda seleccionar a otros participantes de la lista de espera. La falta de comunicación y asistencia facultará al CEFIRE para no adjudicar las posteriores acciones formativas que se soliciten.
CERTIFICACIÓN: Expedida por el CEFIRE concreto. Condiciones para la obtención: realización de las actividades propuestas y asistencia, al menos, al 85% de las horas totales de la actividad (Orden de 21 de diciembre de 2010). La asistencia inferior al porcentaje indicado excluirá de la expedición de cualquier certificado.