Dotar al profesorado especialista en TIC de los conocimientos para impartir contenidos actualizados propios del ámbito.
Dotar al profesorado especialista en TIC de los conocimientos para impartir contenidos actualizados propios del ámbito.
Aprender a utilizar la herramienta Scratch para la creación de todo tipo de actividades como juegos, animaciones, presentaciones..., como recurso educativo
Contenidos
Aspectos básicos del programa Scratch
Movimiento, efectos gráficos, actuaciones básicas y mensajes
Variables, operadores, sensores y bloques de control
Artes: dibujo y música
Creación de bloques nuevos
Crear y gestionar listas
Clones
Dirigido A
Podrá participar:
El personal docente no universitario y el personal técnico educativo que presta sus servicios en centros educativos no universitarios de titularidad de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte.
El personal docente y personal técnico educativo con destino en centros no universitarios de titularidad de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, desde los cuales se prestan servicios técnicos de apoyo educativo en los centros educativos referidos.
Para la determinación final las persones participantes, se seguirá el siguiente orden de prelación:
1.- Profesorado de carrera i en prácticas
2.- Profesaorado interino
Condiciones
Debido a que es un curso con mucha demanda, tendrán preferencia los participantes que no estén realizando ninguna formación del Cefire durante el periodo en el que se esté realizando el curso.
Los participante que hayan confirmado y sean seleccionados para realizar el curso deberán entrar en la plataforma Moodle durante los tres primeros días desde el comienzo del mismo. Si no es así se les dará de baja y pasará su plaza al primero de la lista de espera.
Según la Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, que establece el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas, la baja no justificada en alguna actividad se podrá penalizar con la no admisión en posteriores acciones formativas durante los 12 meses siguientes a la efectividad de la baja.
Las presentes acciones formativas están destinadas al profesorado no universitario con destino en centros públicos (y privados concertados, en su caso) de la Comunitat Valenciana.
Las actividades en las que no se cubra, al menos, el 60% de las plazas ofertadas, podrán ser anuladas por el CEFIRE correspondiente. Para obtener información más concreta sobre cualquier acción formativa puede dirigirse al coordinador correspondiente.
INSCRIPCIÓN: A través de esta página web.
En caso de tener preferencia, de acuerdo con las condiciones específicas de cada actividad, se ha de indicar y justificar los criterios alegados.
PLAZO DE INSCRIPCIÓN: Para cada actividad, excepto para las que se indique expresamente, finaliza 10 días antes del comienzo de la misma.
ADMISIÓN: Las peticiones se atenderán en función de las condiciones específicas de participación de la actividad correspondiente y, en caso de igualdad, por el orden de registro de entrada de las solicitudes. Las listas de admitidos se harán públicas en la misma página de inscripción de las acciones formativasal menos con 7 días de antelación al inicio de la actividad.
CONFIRMACIÓN DE ASISTENCIA: El profesorado admitido a una actividad ha de confirmar la asistencia a la misma. La falta de confirmación facultará al CEFIRE para seleccionar a otros solicitantes que se encuentren en lista de espera. Los solicitantes admitidos que por cualquier motivo, razonablemente justificado, no puedan asistir a la actividad, lo han de comunicar al coordinador antes del inicio, para que se pueda seleccionar a otros participantes de la lista de espera. La falta de comunicación y asistencia facultará al CEFIRE para no adjudicar las posteriores acciones formativas que se soliciten.
CERTIFICACIÓN: Expedida por el CEFIRE concreto. Condiciones para la obtención: realización de las actividades propuestas y asistencia, al menos, al 85% de las horas totales de la actividad (Orden de 21 de diciembre de 2010). La asistencia inferior al porcentaje indicado excluirá de la expedición de cualquier certificado.